La inscripción en el Registro Militar es obligatoria y se debe realizar a partir de los 17 años de edad (luego de haber obtenido el DNI azul). Los residentes en el exterior están “Exceptuados” de prestar el Servicio Militar (impedidos de brindar el Servicio Militar), pero no de inscribirse en el Registro Militar. El registro en las Oficinas Consulares tiene como objetivo demostrar la categoría de “Exceptuado”, dado que se reside en el exterior al momento de su registro, por lo que NO se emite una Libreta Militar (la cual está reservada para quienes presten el Servicio Militar), pero sí se obtiene la Constancia de Inscripción (que corresponde a quienes cumplan con inscribirse en el Registro Militar).
REQUISITOS:
- DNI de color azul (original y copia)
- Dos fotografías, de frente, a color y en fondo blanco tamaño 3 X 2.5 cms.
- Una fotografía, de perfil, a color en fondo blanco tamaño 3 X 2.5 cms.
- En caso de tratarse de personas con incapacidad de poder declarar su voluntad, deberán actuar sus padres si son menores de edad o sus tutores si son mayores de edad.
Costo: Gratuito
Tiempo de Entrega: La "Constancia de Inscripción Militar" se entrega el mismo día
"Recomendaciones:
- Antes de venir, revisar los requisitos necesarios para cada trámite.
- Asistir sin acompañantes.
- Le agradeceremos ser puntual.
- El costo del trámite sólo puede ser abonado en efectivo, no es posible pagar con Tarjeta."